PUERTO PLATA.- El Tribunal Constitucional de la República Dominicana ratificó mediante sentencia el libre acceso público hacia la populosa playa El Encuentro ubicada en el distrito municipal Cabarete.
Los jueces de esa Alta Corte emitieron la sentencia número TC/0106/19, fechada el pasado jueves 27 de mayo del año en curso donde ratificación de la sentencia número 271-2018-SSEN-00588, dictada por la primera Sala de la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata, el 26 de septiembre del 2018.
Dicha sentencia del Tribunal Constitucional la cual fue publicada en su página oficial, establece la reapertura inmediata del camino público que da acceso a la playa El Encuentro, que ha sido cerrado en la junta distrital de Cabarete y por las empresas Inversiones Calpe SRL y Mesa Invesment Limited C por A.
Se recuerda que la acción de amparo en primer grado presentada por la Asociación para la Protección, Desarrollo y Libre Acceso en Playa Encuentro (APRODELAPEN), fue generada en razón de las violaciones a los derechos constitucionales del libre tránsito, derecho al deporte, uso de las aguas y los sesenta (60) metros de pleamar.
Esta acción jurídica incoada por de los abogados José Alejandro Jiménez Almonte y José Ramón Valbuena Valdez, quienes representan la entidad APRODELAPEN, obtuvo ganancias de causa hace más de 10 meses y ahora obteniendo la ratificación de la sentencia en primer grado, adquiere el Poder de la Cosa Irrevocablemente Juzgada.
A pesar de que la Cámara Civil y Comercial de Puerto Plata ordenó abrir el acceso hacia la playa El Encuentro en Cabarete, inexplicablemente dicha sentencia no ha podido ejecutarse ya que el Ministerio Publico no ha ordenado la entrega de la fuerza pública para tales fines.
De igual manera, dicha sentencia declara el acceso a la playa El Encuentro como un derecho fundamentalmente protegido por la Constitución de la República Dominicana, ordenando a las empresas Inversiones Calpe SRL y Mesa Invesment Limited C por A, a retirar de manera inmediata los obstáculos que impidan el libre acceso a dicha playa.
También se ordena al Ayuntamiento Municipal de Sosúa, marcar visiblemente los sesenta (60) metros de pleamar, mientras que los ministerios de Medio Ambiente y Turismo, el Cuerpo Especializado de Seguridad Turística (CESTUR) y la Junta Distrital de Cabarete, deberán disponer de cuantas medida sean necesarias para la preservación optima de la playa encuentro libre de obstrucciones.
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